A Consulta Pública : Ordenanza de construcciones vinculadas a la actividad agropecuaria

27 abril, 2018

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la “Ordenanza de construcciones vinculadas a la actividad agropecuaria”, del T.M. de Valverde, según documento suscrito por el arquitecto D. Fernando Puelles López, de fecha abril de 2018, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
Evitar los problemas al aplicar la Ordenanza Municipal de Edificación vigente, en las intervenciones en suelo rústico, excepto asentamientos rurales, respecto a los usos agropecuarios, que no está acorde a la legislación sobrevenida (arts. 58 y siguientes de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en aras de ofrecer certidumbre jurídica, agilizando los procedimientos administrativos y hacerla más asequible y facilitadora a los ciudadanos.
Necesidad y Oportunidad de su aprobación
La aprobación y entrada en vigor de la Ley 4/2017, S.E.N.P.C., hace necesario actualizar la Ordenanza Municipal de Edificación vigente, en la parte destinada a usos agropecuarios en suelo rústico, excepto asentamientos rurales; además, se ha de corregir algunas determinaciones de la misma, atendiendo a la experiencia de su aplicación.
Objetivos de la norma
Favorecer la actividad agropecuaria, de modo que su desarrollo e implantación se efectúe de modo ágil y en concordancia con la legislación en vigor.
Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
La entrada en vigor de la nueva Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, hace necesario la adecuación de la normativa y ordenanzas de aplicación, respecto a los usos del suelo rústico, a excepción del asentamiento rural.
Asimismo, y conforme al apartado 2 del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica en el portal de tras web del Ayuntamiento el borrador provisional del texto de la Ordenanza (Portal de Transparencia) que se pretende aplicar al efecto, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades, por afectar a los derechos e intereses legítimos de las personas, y obtener directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la Ordenanza. Se les recuerda que pueden tramitar sus quejas y sugerencias, a través de nuestra  sede electrónica .